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DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Y GÉNERO



En un mundo que les plantea a estudiantes, las más variadas propuestas frente a su sexualidad y su fecundidad, es una responsabilidad colectiva de mayor trascendencia, animar y acompañar para su crecimiento y autorregulación como sujetos de deseo, de erotismo, de placer de cuidado, así como opciones de respeto y toma de decisiones ,que les potencialicen sus proyectos de vida.

DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Y GÉNERO

  • Derechos a condiciones ambientales, educacionales nutricionales, afectivas y de salud apropiadas para el desarrollo de la vida humana.
  • Derecho al ejercicio autónomo de la sexualidad, a gozarla con o sin finalidad coital, de acuerdo con las propias preferencias y la protección legal de las mismas.
  • Derecho a una sexualidad placentera y recreacional independiente de la reproducción. A usar contraceptivos gratuitos o a bajo costo con información actualizada, seguimiento del deber de quienes los prescriben de responder por sus efectos legales de las mismas.
  • Derecho a conocer, respetar y amar el cuerpo y los genitales.
  • Derecho al amor, la sensualidad y el erotismo. A buscar afecto y relación sexual.
  • Derecho al orgasmo y a ser libres en la intimidad.
  • Derecho a la relación sexual independiente de edad estado civil o modelo familiar, exenta de cualquier forma de violencia, abuso o acoso.
  • Derecho a la maternidad libre a decidir y vivirla por propia elección y no por obligación.
  • Derecho de hombres y mujeres a participar con igualdad de responsabilidades en la crianza, reasumiéndola creativamente y a construir identidades propias mas allá de los roles de género.
  • Derecho a una educación sexual oportuna integral laica, gradual científica y con enfoque de género.
  • Derecho a servicios de salud gratuitos y de calidad que faciliten el cuidado inegral de la gestión, el parto, el posparto y la crianza acompañados por legislaciones apropiadas.
  • Derecho a la adopción y al tratamiento para infertilidad de tipo integral asequible y razonable.
  • Derecho a negarnos a facilitar investigaciones con nuestra función reproductiva, a estar informadas, informados de manera comprensible sobre el alcance de la tecnología que la modifique, que debe regularse por una ética humanística.



Publicado por.
Rodrigo Alvarado Guarnizo
Referente comunicaciones
Territorios Minuto /Engativa